Defensoría del Consumidor: Piden leer contratos antes de firmar


Una buena lectura y un razonamiento claro antes de firmar cualquier documento que sea para adquirir un crédito ayudaría mucho para evitar que los datos personales de las personas lleguen a manos de personas desconocidas. Para la presidenta de la Defensoría del Consumidor, Ana Evelyn Jacir de Lovo, muchos de los salvadoreños que adquieren créditos, no se percatan que están firmando contratos donde ellos mismos autorizan que sus datos personales estén en manos de muchas personas.

Sin embargo, Jacir de Lovo, detalló que el artículo 18, de la ley de Protección al Consumidor, se prohibe la distribución de datos personales sin la autorización de los consumidores, cuando habla de las "prácticas abusivas". En el literal g, establece que "Compartir información personal y crediticia del consumidor, ya sea entre proveedores o a través de entidades especializadas en la prestación de servicios de información, sin la debida autorización del consumidor", es delito.

La institución que es sorprendida cometiendo cualquier delito en contra del consumidor. entre ellos el uso indebido de los los datos personales, podría ser sancionada de forma administrativa hasta con cinco mil salarios mínimos. La funcionaria sostuvo que en muchas ocasiones la necesidad del consumidor en adquirir un bien o un crédito, hace que firme los contratos sin percatarse de las reglas.

No obstante, acotó que la mayoría de los contratos crediticios que se dan en el país contiene la cláusula de autorización de la difusión de datos personales. Agregó que después de tener varias reuniones con proveedores de este tipo de servicios, se ha logrado regular un poco el tratamiento de los datos personales. La mayoría de contratos establecen que "el deudor autoriza a que sus datos personales puedan ser compartidos con operaciones crediticias, entre sociedades del mismo conglomerado financiero al que pertenece, entidades especializadas en la prestación de servicios con la finalidad de dar cumplimiento a los fines directamente relacionados con lo que se ha firmado en el contrato".

Una vez la persona firme este tipo de contrato, esta autorizando a que sus datos sean compartidos con muchas personas, a las cuales no conoce. "Lo correcto tiene que ser que a usted le pidan la información necesaria para realizar cualquier crédito. Cuando no se lee un contrato, es como si se estuviera firmando un cheque el blanco", dijo la funcionaria. Jacir de Lovo señaló que también la Defensoría establece, en el artículo 21 de la ley de Protección al Consumidor, varias obligaciones para las instituciones que prestan servicios de información. Una de las principales es que se debe de borrar la información falsa o inexacta en un plazo máximo de diez días a partir de la recepción de la solicitud del interesado. Además los proveedores no podrán obtener información del consumidor, si no es con la debida autorización. Jacir de Lovo declaró que la Defensoría ha realizado muchas auditorías en conjunto con la Superintendencia del Sistema Financiero para verificar los formatos de los contratos
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Esta es la noticia que aparece en El Diario de Hoy de este día donde la Presidenta de la Defensoría del Consumidor anima a los concumidores a leer los contratos antes de firmar para evitar que los datos personales lleguen a manos desconocidas. Aquí hay un problema que no se ha advertido.

Se dice que hay que leer antes de firmar, pero si un usuario le dice a un banco que no quiere autorizar que compartan sus datos, el banco no va a cambiar el contrato, le dirá que es política y que si no autoriza compartir sus datos no le dan el préstamo. No es que hay que leer, que seguro hay que hacerlo, sino que al ser un contrato de adhesión, el cliente acepta o se va a otro banco, donde le van a exiguir el mismo requisito. ¿Y quién no va a firmar si necesita el préstamo?, las personas no les queda otra que firmarlo. Hay que reformar la Ley de Protección al Consumidor para prohibir que un banco deniegue un préstamo por el hecho de que un cliente no autorize compartir sus datos, que es un derecho fundamental derivado del Art. 2 de la Constitución. Esa es la solución. De todas formas la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia prohíbe este tipo de acciones, que después terminan en abusos de parte de otras personas donde van quedando los datos de los clientes; y no solo se comparten esos datos sino también de quiénes tienen buen crédito a quienes les llaman para ofrecerles más tarjetas de crédito. Hay que regular el tema legalmente.

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