Insultos y perfiles falsos en la red


Años antes en El Salvador, cuando no existía la proliferación de Internet como la conocemos ahora, en los colegios y escuelas salvadoreñas se seguía al igual que ahora, normas de conducta que cumplir a cabalidad, respetando a los profesores y profesoras que nos enseñaban buenos hábitos de comportamiento, que nos iban y nos han servido ahora que hemos crecido. En ese ir y venir del colegio, habían situaciones que quizá nos desagradaban, como llevar arriba las calcetas pra las chicas y llevar bien lustrados los zapatos para los varones, su pañuelo, etc; pero que nos formaban hábitos buenos para el futuro, no faltaba quienes reprochaban y decían cosas o insultos en contra de los profesores, pero cuidándose de que no escucharan. Otros alumnos, se encargaban de hacer caricaturas de sus maestros para "reirse" un rato o los imitaban.

Con la llegada de la Internet y sus portales de interacción social, donde cada uno puede tener su propio espacio y exponer sus pensamientos, ideas, opiniones, reacciones, etc, el mundo cambió radicalmente. Ese empuje ha permitido que lo que hacíamos antes a "escondidas", lo podamos hacer ahora público, tal es el caso de foros de discusión donde se dice de todo y se ve de todo, por ejemplo, hi5.com. Este sitio preferido por millones, al igual que youtube o myspace, es un sitio ideal para encontrar a quien sea, leer su perfil y saber en que anda o que dice. Pues se da el caso de grupos o canales a los cuales cada usuario se puede unir por ser de su afinidad o porque el tema a tratar es de su interés. Es así que basta una conexión a la red para encontrar fácilmente antiguos compañeros de colegios o escuela, y unirse a un grupo para recordar buenos momentos. Sin embargo, no sólo buenos momentos se pueden compartir, sino que también viejos recelos hacia sus profesoras, profesores o monjas que les enseñaban disciplina. En esta ocasión encontramos un grupo en hi5.com que se llama "Bethania=asco, ahi me pudro diariamente junto a las monjas pero yo ya me largo de esa pocilga", refiriéndose al parecer al Instituto Bethania de San Salvador, donde podemos encontrar comentarios inapropiados contra las monjas que dirigen ese centro de estudios, los cuales pueden ser leídos por cualquiera, al ser de acceso público decidimos publicar una imagen del sitio, borrando el nombre de quien lo escribió.

Ahora, ¿que tipo de implicaciones legales puede tener un comentario ofensivo y denigrante hacia una institución o persona determinada o determinable en estos portales?
o ¿no las hay?. O ¿que consecuencias legales puede tener el uso de una imagen falsa en esos portales sociales, como la de un funcionario público?, lo cierto es que puede repercutir en acciones legales en los tribunales para restablecer el orden.

Pero ¿como se hace en El Salvador si no tenemos leyes que regulen el comportamiento humano en la Internet?.

Podemos buscar en el Código Penal salvadoreño algunas soluciones para esta situación, aunque en principio parece difícil, veamos a continuación.

  • PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD: Art. 8.- La ley penal salvadoreña se aplicará a los hechos punibles cometidos total o parcialmente en el territorio de la República, o en los lugares sometidos a su jurisdicción.

¿Cómo determinar si el hecho se cometió en territorio salvadoreño o se cometió en suelo extranjero?, por ahora no tenemos una ley que lo regule, donde se establezca el procedimiento para establecer el origen del delito, mediante el ratreo de la dirección IP (Protocolo de Internet). Los lugares sometidos a su jurisdicción son las embajadas de El Salvador en el extranjero, no resuelve nada. Además, las evidencias virtuales (como E-mails) por ahora no constituyen prueba lícita en el ordenamiento jurídico salvadoreño.

La solución podría ser que la Fiscalía General de la República solicite a un juez el nombramiento de un perito informático para determinar el origen del delito, para presentarlo luego ante juez competente; pero volvemos al hecho de la prueba virtual, aunque es posible un llamamiento judicial al presunto autor, quien puede confesar su delito.

La solución más amigable a la fecha es contactar con los representates legales de los portales sociales en la Internet y solicitarles que remuevan el contenido ofensivo o utilizado sin la debida autorización.

Si se da el caso de que un menor de edad sea el responsable del delito, tampoco tenemos regulados esos hechos punibles en materia de menores.

  • La "UTILIZACIÓN DE LA IMAGEN O NOMBRE DE OTRO, Art. 190.- El que utilizare por cualquier medio la imagen o nombre de otra persona, sin su consentimiento, con fines periodísticos, artísticos, comerciales o publicitarios, será sancionado con multa de treinta a cien días multa." es un delito que puede ser usado para resolver el caso de que alguien use la imagen de un funcionario público o de cualqueir persona sin la debida autorización.

Este caso puede ser declarado atípico por cualquier juez de la República, al no cumplirse el principio de legalidad, que manda a que toda conducta tiene que estar previamente identificada en la ley como punible, de forma inequívoca. Pero hay otros delitos donde está involucrada la informática y están previamente identificados -aunque no lo suficiente-, como el caso de la:

  1. "UTILIZACIÓN DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS E INCAPACES O DEFICIENTES MENTALES EN PORNOGRAFIA", Art. 173 CP.
  2. VIOLACIÓN DE COMUNICACIONES PRIVADAS, Art. 184 CP
  3. VIOLACIÓN AGRAVADA DE LAS COMUNICACIONES, Art. 185 CP
  4. ESTAFA AGRAVADA, ART. 216 CP
  5. DAÑOS AGRAVADOS, ART. 22 CP
  6. INFIDELIDAD COMERCIAL, ART. 230 CP

Eson son todos los delitos que incluyen la informática como medio o fin para cometer delitos en El Salvador, como se puede observar, se quedan fuera todas las conductas cometidas a través de Intetnet, porque la informática se usa aún sin conexión a la Red, lo que devendría en atipicidad de acciones.

La solución que propone INDATA es la creación de la rama de la INFORMATICA FORENSE, que debe de estar incluida como una rama penal más de investigación, que requiere de especialización de la Fiscalía y Policía, posterior a una legislación clara y precisa de parte de la Asamblea Legislativa. De igual forma el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, así como la Corte Suprema de Justicia, CNJ, PDDH, tienen que tener unidades de delitos informáticos, recordemos que en este espacio publicamos una imagen de la página de la Corte hackeada.

Podemos ire más allá como el caso de la abierta y fácil aceptación de la homosexualidad y lesbianismo en tales portales informáticos, donde de una forma aceptable se abren canales sobre homosexuales y lesbianas en El Salvador, lo cual trae aparejada una situación por ahora incontrolable y peligrosa para los niños y niñas que leen y ven imágenes de hombres con hombres y mujeres con mujeres, quienes pueden creer que en estos tiempos es normal mantener una relación amorosa entre personas del mismo sexo, lo cual es incorrecto, inmoral e inapropiado. Es de hacer ver que la moral de hoy no es diferente a la de antes, siempre ha sido y será la misma, y no es aceptable en una sociedad como la nuestra ese tipo de desviaciones, ni la ley reconoce uniones matrimoniales entre dos hombres. En hi5.com hay varios canales homosexuales de universidades con fotos, igual de mujeres lesbianas, pertenecientes a algunas universidades salvadoreñas reconocidas. No es bueno que menores de edad entren y lean esos comentarios.

Hacemos un llamado a que las personas que han insertado imágenes falsas en la Red o que hayan hecho algún comentario ofensivo o indebido, lo eliminen para evitar problemas legales futuros, aún es tiempo.

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