Corte Suprema condena a INFORNET.

Sala de lo Constitucional restablece el derecho a que no se divulguen los datos personales sin autorización.


ULTIMA HORA: La Sala de lo Constitucional emitió hoy un fallo que ampara la demanda interpuesta por la Asociación Salvadoreña para la Protección de Datos e Internet (INDATA), contra la empresa INFORNET, S.A. de C.V., por la distribución indiscriminada y sin autorización de los datos personales de los salvadoreños.


Al mismo tiempo, la Sala ordena a INFORNET S.A. de C.V., que permita a los particulares interesados el acceso a la base de datos que tiene en su poder, para que puedan actualizar, rectificar o anular aquellos datos estrictamente personales que no estén actualizados.


Esta acción, señala el fallo, debe realizarse de forma gratuita, como lo indica el artículo 21 de la Ley de Protección al Consumidor, o por otras disposiciones que aseguren la protección de la autodeterminación informativa, que es el derecho de las personas a recibir protección frente a la amenaza que supone la distribución de sus datos personales.


La Sala también ordena a INFORNET S.A. de C.V. que se abstenga de distribuir los datos personales en su poder sin la autorización expresa de los titulares de dichos datos, so pena de incurrir en la responsabilidad legal correspondiente.


En la sentencia, la Sala de lo Constitucional insta al legislador a que desarrolle procedimientos que garanticen especialmente la protección de los datos personales.

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