El correo spam y los abogados.


Muy interesante el artículo de Tomás Martínez del New York Times Syndicate, sobre el E-mail como arma mortal, publicado en las páginas de La Prensa Gráfica el 1 de diciembre de 2007.

Pero vamos a los inicios del correo spam. Se consideró un alimento de baja calidad que se usó en la Segunda Guerra Mundial y se popularizó en un sketch de un programa de 1970 y por la cantidad de veces que usaron la palabra spam en uno de los episodios, Joel Furr, una de las estrellas de Arpanet, bautizó así al envío masivo de información no solicitada en la Red en marzo de 1993.

Curiosamente en 1994, la pareja de abogados Laurence Canter y Martha Siegel mecanizaron ese proceso bombardeando las listas de Usenet (las primeras listas de correo) para anunciar sus servicios. En menos de un día el despacho de abogados facturó casi 10 mil dólares y así nació el arma mortal de envío de correos masivos. Ahora el costo de correo spam es de millones de dóalres y se considera que el 28% los contesta y el 8% termina haciendo una compra, estando a la cabeza el spam farmacéutico.

Fue una forma astuta de publicitar sus servicios y no creo que se hayan imaginado lo que iban a ocasionar de ahí en adelante. Ahora esa es el arma mortal que usan los spammer para bombardear indiscriminadamente a los usuarios del e-mail. En El Salvador no somos ajenos y todo recibimos correos de esa naturaleza en nuestros buzones. Habrán notado que en algunos correos que recibimos, al final aparece que el envío de ese tipo de mensajes se basa en alguna que otra normativa Standard internacional que no lo prohíbe, pero nosotros no vivimos en esos países donde supuestamente se han aprobado esos estándares, y no sabemos si ciertamente existen o no. Más me parece que es otro truco publicitario; agregando también en los mensajes una opción de retito de la base de datos de su correo, para no seguir recibiéndolo. Esa es otra argucia para saber que su correo está activo y si les envía uno diciendo que ya no quiere seguir recibiendo mensajes, pero seguramente recibirá aún más, porque los spammers sabrán que revisa periódicamente su correo. Hay dos variantes del correo no solicitado, una es la opt-in y la otra, opt-out. La primera es que voluntariamente me inscribo en una lista de correos para recibir información; pero la otra, que es la que se usa más, significa que una vez recibido el e-mail, tengo la opción de retirarme o salirme de la lista, pero ahí está el truco de saber si está activa o no la cuenta.

El correo electrónico está íntimamente ligado al derecho a la privacidad e intimidad resguardado por nuestra Constitución y la Corte Suprema de Justicia salvadoreña ya reconoció el derecho de todas y todos a la protección de datos o autodeterminación informativa, como aquel derecho a poder controlar nuestra información que conste en soportes informáticos, teniendo la posibilidad de solicitar la exclusión de nuestros datos de esos bancos, recopilados generalmente sin nuestro consentimiento. Es así que el Correo Electrónico se considera ya un dato personal que merece protección legal., al igual que la dirección IP de cada ordenador, que identifica como la huella dactilar, a cada usuario conectado a la Red.

Pero, ¿cómo lo hacemos?. Aquí radica el problema, ya que en El Salvador no existe una ley que regule y resguarde nuestros datos personales, y si existen, son sencillas normas difusas, que no tienen la garantía de privacidad que se requiere, habría que estar acudiendo cada vez a un Amparo Constitucional que tarda años en resolverse. Por ejemplo: podemos pagar los servicios básicos o pagar los impuestos a través de Internet, pero no podemos comprobar que realmente se hicieron esos pagos cuando surjan problemas, ya que las pruebas que consten en soportes informáticos no constituyen medios probatorios en juicio, sólo significan una simple copia sin valor probatorio, que sería desechada por un juez penal y principalmente por uno civil, quienes usan una ley que data de 1860.

Pasaría como en España, cuando un profesor denunció que un alumno había dañado su reputación en un blog, pero al juez tuvieron que explicarle qué era un blog porque no lo sabía. Ahora pensemos lo que sucedería en El Salvador, donde los jueces en su mayoría, no pueden usar un ordenador y ni tienen uno en sus despachos judiciales o si lo tienen, nunca lo han encendido, salvo para jugar solitario.

Ahora, he conocido que en El Salvador se están estudiando anteproyectos de firma electrónica y protección de datos a escondidas, porque nadie lo sabe, salvo pocos. Pero si se aprueban sendas leyes relacionadas con las tecnologías de la información, antes de educar y capacitar a los agentes que las aplicaran, serán un rotundo fracaso; ni siquiera se usa el correo electrónico para recibir notificaciones judiciales, salvo en algunas instituciones públicas donde sí se hace, pero sin una ley que respalde los problemas que puedan surgir, y siendo así, vendrán.

En todo caso, toda conducta que quiera ser castigada tiene que estar previamente descrita en la ley de forma inequívoca, que se llama Principio de Legalidad, pero en El Salvador se están permitiendo usar las tecnologías de la información sin respaldo de ley. Así, el envío de correo spam no está castigado en El Salvador y los spammers lo saben, por esa razón no se detiene. Además, la recopilación de e-mails es otra arma de doble filo, ya que las empresas que ofrecen la creación de E-mails en El Salvador no están limitadas por ninguna ley que les prohíba, desde leer correos ajenos hasta vender la base de datos de los mismos, con fines publicitarios o de espionaje electrónico, electoral o laboral. ¿Es legítimo que los patronos lean el e-mail de sus empleados?, claro que no lo es, y es ilegal en la actualidad, pero casi todas las empresas lo hacen y están infringiendo el artículo 184 del Código Penal, cuyo castigo es obsoleto, porque no hay prisión, solo multa. Lo que pasa que la mayoría de delitos informáticos en El Salvador son ilegítimos pero no ilegales, es decir, no es correcto pero la ley no lo estipula como antijurídico. Igual pasa con el adulterio que es inmoral y deshonesto, pero que no constituye delito en El Salvador.

Lic. Boris Solórzano, Presidente de INDATA.

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